Denuncian ante la CCA afectación ambiental al Cañón del Sumidero
MONTREAL (Canadá).- Una mina a cielo abierto para la extracción de piedra caliza que ha estado operando adyacente al Parque Nacional Cañón del Sumidero desde 1963 y que en años recientes ha afectado la cara oriente del cañón con cuarteaduras fue denunciada ante la Comisión de Cooperación Ambiental (CCA), el organismo que vigila la correcta aplicación de la legislación ambiental en México, Estados Unidos y Canadá.
Denuncian afectaciones al cañon del Sumidero debido a la actividad minera adyacente. Foto wikimedia.org
En comunicado de prensa, la CCA informó que el 25 de febrero de 2010, el Comité Pro-Mejoras de la Ribera Cahuaré (el Peticionario) presentó al Secretariado del organismo internacional una petición en la que asevera que México está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental con respecto a las operaciones de una cantera que supuestamente ocasiona daños al Cañón del Sumidero, en Chiapas, México.
En la petición SEM-10-001 (Cañón del Sumidero), el Peticionario afirma que desde 1963 una mina a cielo abierto para la extracción de piedra caliza ha estado operando adyacente al Parque Nacional Cañón del Sumidero y que en años recientes la cara oriente de la pared del cañón ha estado “severamente dañada con cuarteaduras” debido —supuestamente— a las operaciones de la cantera.
La organización civil señala, además, que a la operación de la mina a cielo abierto pueden asociarse algunos efectos negativos para el medio ambiente y la salud, incluidos ruido y emisiones a la atmósfera que rebasan los límites máximos permisibles; daños a la flora y la fauna, y daño a la salud respiratoria de la comunidad vecina de Ribera de Cahuaré.
El Secretariado de la CCA analiza actualmente la petición SEM-10-001 para determinar si cumple con los criterios establecidos en el artículo 14 del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte (ACAAN).
Los artículos 14 y 15 incluyen procedimientos por los que cualquier persona u organización no gubernamental puede presentar al Secretariado una petición en la que asevere que “una Parte está incurriendo en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental”.
Para explicar estos procedimientos, la CCA ha publicado sus Directrices para la presentación de peticiones ciudadanas relativas a la aplicación efectiva de la legislación ambiental conforme a los artículos 14 y 15 del ACAAN.
En los casos en que así proceda, y con la aprobación del Consejo de la CCA, el Secretariado puede examinar a profundidad el asunto de la petición e integrar un expediente de hechos con sus hallazgos.




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